Juicio por contaminación ambiental de un basural en San Martín de los Andes
Con el alegato de acusación a cargo del fiscal jefe Maximiliano Breide Obeid, comenzó el juicio en el que se determinará la responsabilidad de tres personas en el vertido de barros cloacales sin tratamiento en un predio que, ubicado en una cantera agotada en San Martín de los Andes, estaba destinado a relleno sanitario con residuos domiciliarios.
Este miércoles comenzó el primer juicio por contaminación ambiental de la provincia de Neuquén, en el marco del sistema acusatorio. El mismo tiene lugar en la sede de San Martín de los Andes IV circunscripción judicial y tiene por objeto determinar la culpabilidad de tres imputados por la descarga de lodos cloacales sin tratamiento en el basural de la ciudad cordillerana. Las penas previstas, en caso de ser encontrados responsables, van de 3 a 10 años de prisión.
En este contexto, los hermanos Pedro y Pablo Werefkin están acusado del delito de contaminación peligrosa para la salud pública, en calidad de coautores, mientras que a Julieta Muñiz Saavedra, quien fue coordinadora general del Organismo de Control Municipal, se le imputa incumplimiento de deberes de funcionario público, en calidad de autora.
Ante el tribunal integrado por los jueces Maximiliano Bagnat, Laura Barbé y Leticia Lorenzo, el fiscal jefe de Delitos Ambientales, Maximiliano Breide Obeid, expuso su teoría del caso en el alegato de apertura.
En ese marco, señaló que la familia de los imputados tenía una cantera de áridos en el kilómetro 2224 de la ruta nacional 40 y que cuando terminó su vida útil, le ofrecieron a la Municipalidad convertirla en un relleno sanitario con residuos domiciliarios.
Tras sellar el acuerdo, en 2014 se aprobó la construcción de barrios de viviendas alrededor de la cantera devenida en relleno sanitario, «sin estudio de impacto ambiental cuando es obligatorio por ley», remarcó el fiscal.
«Esas familias empiezan a convivir con lo que en principio comenzó siendo un relleno. Sin embargo, con el correr del tiempo se fue transformando en un basural a cielo abierto y las familias se fueron quejando de los olores, los roedores y las aves que habían ahí. Fueron golpeando distintas puertas de organismos municipales pero ninguno le dio respuesta», agregó.
«Simultáneamente a esto asume la acusada, Muñiz Saavedra, como coordinadora general del Organismo de Control Municipal, función que ejerció desde 11 de diciembre del 2015 y el 10 de diciembre del 2019. Este organismo es el responsable del control de la prestaciones de los servicios públicos de agua potable, disposición de afluentes cloacales sólidos, actividades de recolección, selección, disposición final de residuos sólidos urbanos«, remarcó.
Luego, el fiscal contó que ante la falta de respuestas de la municipalidad, los vecinos de Cordones de Chapelco recurrieron a la defensoría del pueblo y que una médica hizo un estudio epidemiológico que determinó que existía una afectación a la salud pública. A partir de ese informe, presentaron un amparo que derivó en una conciliación que terminó fracasando.
No obstante, «la municipalidad, que encabeza Muñiz Saavedra, y la empresa Hormigomax, de los hermanos Werefkin, no tuvieron mejor idea que arrojar residuos cloacales en ese lugar señalado con un amparo que ordena cerrarlo y mudarlo por afectación de la salud pública donde vivían 6000 familias alrededor», concluyó.