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Las empresas podrán intercambiar multas por inversiones en energía renovable

La Secretaría de Energía habilitó a las empresas con proyectos que incumplieron con su fecha de habilitación o con la producción de energía comprometida a intercambiar sus penalidades por nuevas inversiones de energía renovable en los próximos años, dentro del marco del Programa RenovAr.

El programa RenovAr fue un plan impulsado por la administración de Mauricio Macri para desarrollar las energías renovables en el país a través de una serie de subastas. No obstante, parte de los proyectos terminaron sin construirse.

La Compañía Administradora del Mercado Mayorista (Cammesa) relevó, en agosto último, que de los casi 100 proyectos había 46 que incumplieron su fecha programa de habilitación comercial y 10 con deficiencia de abastecimiento de la energía comprometida.

De las multas a estos proyectos, se abonaron el 61% de penalidades por retrasos y el 44% por deficiencia de abastecimiento.

Las multas, según estipulan los contratos, son de US$1.388 por cada megavatio de potencia contratada por cada día de retraso en alcanzar la fecha de habilitación comercial.

En caso de rescindir el contrato, las multas oscilan entre US$ 12.500 y US$ 17.500 por cada megavatio de potencia contratada.

Energía habilitó este miércoles un mecanismo para compensar las multas de Cammesa a los proyectos con incumplimientos por inversiones que incorporen potencia de energía a través de fuentes renovables.

Cómo funciona la normativa

Los titulares de proyectos con penalidades tendrán 20 días hábiles desde este miércoles para adherir al régimen y, en caso de hacerlo, tendrán 36 meses para insular la nueva potencia renovable, que se contarán a partir de la formalización del acuerdo que realicen con Cammesa.

En tanto, aquellos que sean notificados de nuevas penalidades por parte de Cammesa, también dispondrán de 20 días hábiles, posterior a dicha notificación, para incorporarse a este programa.

A la hora de acordar estas nuevas inversiones, además, desisten de todo tipo de acción o reclamo judicial contra el Estado.

La inversión no necesariamente deberá coincidir con la ubicación geográfica o tecnología del anterior proyecto que tuvo penalidades.

La resolución, como orientación, incluyó valores de referencia para las nuevas inversiones según el tipo de tecnología: US$ 1.400.000 por megavatio para energía eólica, US$ 850.000 por MW para solar, U$ 2.500.000 para biomasa, US$ 4.500.000 para biogás, US$ 1.300.000 para biogás relleno sanitario; y US$ 2.800.000 para pequeños aprovechamientos hidroeléctricos (PAH).

Los nuevos proyectos podrán elegir, a la hora de vender la energía a Cammesa, una remuneración de US$ 20 por megavatio hora (MWh) para 100% de la generación mensual por 60 meses, 20% por 120 meses o por 180 meses, permitiendo, en las dos últimas opciones, usar el porcentaje restante para autoconsumo, compensar futuras penalidades, o comercializarlo en el mercado SPOT o en el Régimen del Mercado a Término de Energía Eléctrica de Fuente Renovable (Mater).

En caso de que las empresas tampoco cumplan con estas inversiones, se le aplicará un interés adicional del 10% a las penalidades ya existentes.

TELAM