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Se oficializó el marco regulatorio de la nueva ley de Biocombustibles

El nuevo marco regulatorio de la nueva Ley de Biocombustibles  se publicó en el Boletín Oficial. Se trata de la Ley N° 27.640 y su legislación no varió en lo más mínimo, respecto a lo aprobado inicialmente, en materia de cortes.

Había expectativa, sobre todo en el sector etanolero y luego de una reunión con el secretario de Energía Darío Martínez, de que se asegurase que la autoridad de aplicación -la Secretaría, dependiente del Ministerio de Economía- no tuviera la potestad de reducir el corte de la nafta con etanol de maíz  hasta un 3%, considerando que el crecimiento y las inversiones se hicieron a partir de un corte del 5%.

Por otra parte, la ley regula que “las empresas que produzcan y/o destilen hidrocarburos no podrán ser titulares o tener participación en empresas y/o plantas productoras de biocombustibles”, que abarca otro de los temores del sector, a partir de que, debido a cortes tan bajos -con potencial de reducirlos más- las mismas petroleras fabriquen o participen de las destilaciones a partir de los granos.

Asimismo, la normativa permite “arbitrar los medios necesarios para sustituir la importación de combustibles fósiles con biocombustibles”. Como parte de lo promulgado, se creó la “Comisión Especial de Biocombustibles”, que tendrá por finalidad el estudio y análisis de las posibilidades del sector, la consulta con todos los actores involucrados, así como la formulación de propuestas y proyectos para la industria”.